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¿Quienes serán beneficiadas por el nuevo sistema?
Todas las mujeres, trabajadoras dependientes o independientes, que a la fecha de publicación de la ley estén en su pre o postnatal, además todas aquellas que terminaron su postnatal y tienen un hijo menor de 24 semanas.
¿Cómo opera la extensión de 12 semanas?
Existen dos opciones:
- 12 semanas con permiso completo, con 100% de subsidio con tope de UF66. (equivalente a la Remuneración Bruta del cotizante).
- 18 semanas a media jornada, con 50% de subsidio.
La trabajadora deberá informar la opción a la que se acogerá por carta certificada a su empleador, con a lo menos 30 días de anticipación al término del período postnatal, con copia a la inspección del trabajo. De no hacerlo, se entenderá que se acoge al período postnatal parental de 12 semanas. Aquellas madres que les resta menos de 30 días para el término de su postnatal, o se reintegraron al trabajo por el término de éste y tienen hijo menor de 24 semanas, deben dar el aviso con, a lo menos, cinco días de anticipación al inicio del permiso postnatal parental.
¿Cómo se puede traspasar el beneficio al padre?
Actualmente el padre tiene derecho a 5 días (hábiles) de permiso pagado por nacimiento de hijo, pero las nuevas disposiciones permiten el traspaso de semanas al padre en las siguientes condiciones:
- a) Si la madre decide tomarse 12 semanas de postnatal a jornada completa puede traspasar hasta un máximo de 6 semanas al padre a jornada completa.
- b) Si la madre opta por 18 semanas a media jornada puede traspasar al padre hasta un máximo de 12 semanas en media jornada.
- c) En ambos casos, cuando se traspasan semanas al padre el subsidio se calcula sobre la remuneración del padre y las semanas utilizadas por el padre deberán ubicarse en el periodo final del permiso.
- d) El padre tendrá derecho a fuero laboral por un período equivalente al doble de la duración de su permiso, a contar de los 10 días anteriores al comienzo del mismo. Con todo, este fuero no podrá exceder de tres meses.
- e) El padre deberá dar aviso a su empleador mediante carta certificada enviada, a lo menos, con 10 días de anticipación a la fecha en que hará uso del permiso postnatal parental, con copia a la Inspección del Trabajo.
¿Cómo opera el postnatal en caso de parto prematuro o nacimiento de dos o más hijos?
Cuando el parto se produce antes de iniciada la trigésimo tercera (33) semana de gestación, o si el niño al nacer pesa menos de 1.500 gramos, el descanso postnatal se extiende a 18 semanas.
En casos de partos de dos o más niños el período de descanso postnatal se incrementará en siete días corridos por cada niño nacido a partir del segundo.
¿Cómo opera el fuero maternal con las nuevas disposiciones?
La trabajadora gozará de fuero laboral durante el período de embarazo y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad, excluido el permiso postnatal parental.
Disposiciones Transitorias:
Quienes hayan terminado su descanso postnatal con anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva ley, tienen derecho al permiso postnatal hasta que el hijo cumpla 24 semanas de edad, o 30 semanas si utiliza la opción de media jornada. La trabajadora deberá dar aviso a su empleador, con copia a la inspección del trabajo, con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha en que hará uso del permiso.
Quienes a la fecha de entrada en vigencia de la nueva ley se encontraren haciendo uso de licencia por enfermedad grave del niño menor de un año, y éste tenga menos de 24 semanas de edad, podrán seguir haciendo uso de esta licencia hasta su término. Mientras se ejerza este derecho no se podrá hacer uso del permiso postnatal parental.
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